ley ordenación farmacéutica madrid

Con la entrada en vigor de la actual Ley de Ordenación Farmacéutica de Madrid, mis adjuntos contratados en 2016 y 2021; ¿tienen el derecho de adquisición preferente previsto en la anterior Ley de Ordenación farmacéutica?

En Profarma consideramos que estos empleados no tienen el derecho de adquisición preferente reconocido en la ley de 1998. La ley vigente estipula que dicha ley se aplicará a todos los procedimientos de transmisión de titularidad que se inicien tras su entrada en vigor, es decir, tras el 23 de diciembre de 2022.

Por lo tanto, si usted desea transmitir su Oficina de farmacia a día de hoy ni sus empleados ni ningún otro beneficiario del derecho de adquisición preferente  previsto en la derogada ley (familiares o empleados) ostentaría tal derecho.

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