Estoy considerando la posibilidad de transferir a mi hija la propiedad de la farmacia donde trabajo. Me preguntaba si sería factible donarle el 50% y venderle el otro 50%, con el objetivo de aprovechar las reducciones fiscales aplicables a la transmisión de empresas familiares y negocios profesionales.
En relación con la posibilidad para poder donar y hacer una venta simultánea del porcentaje de titularidad de la oficina de farmacia no existe ningún impedimento jurídico para realizar dicha operación. Ahora bien, para aprovechar las ventajas fiscales que supone este caso es necesario que se cumplan con los requisitos previstos en la Ley de Impuestos de Sucesiones y Donaciones y en la Ley de IRPF en sus artículos 20.6 y 33.3.c) respectivamente. Si se cumplieran los requisitos, se aplicará una reducción en la base imponible del 95% del valor de adquisición y se entendería que no existe ganancia patrimonial.