Si eres titular de una farmacia y tu edad supera los 65 años, tienes ciertas ventajas fiscales que no debes olvidar, puedes vender la oficina de farmacia sin pagar por su ganancia patrimonial, a condición de invertir en una renta vitalicia antes de seis meses ya que tienen ciertas ventajas fiscales que deberías conocer, para sacar el máximo rendimiento económico a tu patrimonio
Estos son algunos casos en las que la condición de mayor de 65 años, debe tenerse en cuenta:
- Transmisión de vivienda habitual, al transmitir su vivienda habitual no tributará por la ganancia patrimonial generada con esa venta o donación, ni tendrá que reinvertir en la compra de otra vivienda habitual, ni en una renta temporal o vitalicia para aplicar esta exención. También es atribuible en el caso de que se transmita la nuda propiedad (propiedad que carece del usufructo) y el titular mayor de 65 años se reserve el usufructo vitalicio.
- Hipoteca inversa o hipoteca revertida es una operación financiera especialmente diseñada para mayores de 65 años y personas dependientes, con la que se posibilita convertir a dinero el valor patrimonial que representa la propiedad de su vivienda, sin perder la titularidad. En este caso, las cantidades que percibiría no estarían sujetas a tributación, ya que servirían para asistir las necesidades económicas de la vejez y la dependencia.
- Venta de la botica. En el caso de que se venda la oficina de farmacia, los expertos fiscales explican que no se tributará por la ganancia obtenida en dicha venta, siempre que estos beneficios se reinviertan en una renta vitalicia asegurada, de duración inferior o igual a un año, con un máximo de 240.000 euros y en un plazo máximo de seis meses desde la transmisión. Para no cometer errores, el titular deberá cuidar los plazos y en el caso de matrimonios, los dos cónyugues deben haber alcanzado la edad exigida por la ley.
Si tienes cualquier duda llámanos al 910 133 360 o entra en nuestra web y ponte en contacto