Contrato de Mediación

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Si vas a vender tu farmacia, antes tendrás que tener en cuenta muchas cosas. La primera decisión

  • Encargarse personalmente de la operación, con los inconvenientes e incomodidades que esto supone
  • Encargar esta labor a un profesional

En el mercado actual, es normal que el vendedor de una oficina de farmacia acuda a una empresa profesional con el fin de que vendan su botica con más seguridad y seguramente con mayor rapidez.

Lo normal, es que el agente inicie la transacción firmando previamente un contrato de venta (también se puede llamar de mediación), ya sea con exclusividad o sin ella.

 

La firma de un contrato de venta o mediación con una empresa especializada en el sector únicamente trae ventajas:

  • El vendedor se asegura que está tratando con un profesional cualificado, que le protegerá en sus intereses en la venta de su farmacia.
  • Respecto a los honorarios de la agencia, estos quedarán claramente determinados en el contrato que se firme.
  • El vendedor se sentirá más protegido, puesto que así se regularán en el contrato todos los puntos importantes, las denominadas cláusulas contractuales, que se llevarán a cabo para que la transacción llegue a buen término, sin dejar nada al azar ni al devenir de lo que pueda ir sucediendo en el tiempo que se tarde en llevar a cabo la compra-venta, que puede ser más o menos duradera en el tiempo. Profarma dispone de un modelo de contrato, o bien, se adaptan las cláusulas a las circunstancias particulares
  • El plazo de duración de este contrato de venta suele ser de un año, prorrogable por períodos idénticos, pero, podremos establecer períodos más cortos y sin prórroga.
  • También es importante su firma, puesto que llegado el caso en el que nos encontráramos ante actuaciones fraudulentas por cualquiera de las partes, ambas estarán más protegidas.

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